Elaboración de cigarros y cigarrillos y otros productos de tabaco
Actividades empresariales · agrupación 42: Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco
El epígrafe 429.1 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a elaboración de cigarros y cigarrillos y otros productos de tabaco. Está dentro de la agrupación 42 Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco.
Notas de la tarifa
- Este epígrafe comprende la transformación del tabaco a partir de las hojas recolectadas y secadas y abarca el desvene del tabaco, elaboración de picadura, tabaco de pipa, tabaco para mascar, rapé, extractos y esencias de tabaco, etc.
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Por cada obrero | 28,00 € |
| Por cada Kw | 30,36 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 42
- 420.1Azúcar y jarabes de azúcar
- 420.2Productos residuales de la industria del azúcar
- 421.1Industria del cacao y chocolate
- 421.2Elaboración de productos de confitería
- 422.1Forrajes deshidratados, melazados, etc., para la alimentación animal
- 422.2Harinas de pescado y subproductos animales, productos derivados del reciclaje y transformación de residuos alimenticios y otros preparados para la elaboración de piensos
- 422.3Elaboración de piensos compuestos de cualquier clase, a excepción de los incluidos en el epígrafe 422.4
- 422.4Elaboración de piensos compuestos para perros, gatos y otros animales familiares
- 423.1Elaboración de café y té y sucedáneos de café
- 423.2Elaboración de sopas preparadas, extractos y condimentos
- 423.3Elaboración de productos dietéticos y de régimen
- 423.9Elaboración de otros productos alimenticios n.c.o.p
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 429.1?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
