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422.2Epígrafe IAE · sección 1

Harinas de pescado y subproductos animales, productos derivados del reciclaje y transformación de residuos alimenticios y otros preparados para la elaboración de piensos

Actividades empresariales · agrupación 42: Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco

El epígrafe 422.2 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a harinas de pescado y subproductos animales, productos derivados del reciclaje y transformación de residuos alimenticios y otros preparados para la elaboración de piensos. Está dentro de la agrupación 42 Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco.

Notas de la tarifa

  • Este epígrafe comprende la elaboración de harinas de pescado, de huesos y otras sustancias animales o vegetales para usarlas como alimento o en la preparación de alimentos para animales.

Cuota de la tarifa

ConceptoEuros
Por cada obrero1,87 €
Por cada Kw1,24 €

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 422.2?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).