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844Grupo IAE · sección 1

Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares

Actividades empresariales · agrupación 84: Servicios prestados a las empresas

El grupo 844 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a servicios de publicidad, relaciones públicas y similares. Está dentro de la agrupación 84 Servicios prestados a las empresas.

Notas de la tarifa

  • Ese grupo comprende la prestación de servicios de publicidad, mediante anuncios, carteles, folletos, películas publicitarias, etc., a través de prensa, radio, televisión, publicidad aérea u otros medios. Se clasifican aquí las agencias o empresas de publicidad, que se dedican a la creación y difusión de anuncios o campañas de información publicitaria, propaganda electoral, comunicación institucional o pública e imagen corporativa, así como las demás empresas de publicidad en sus diferentes modalidades, tales como exclusivistas de medios publicitarios, publicidad exterior, publicidad directa y márketing directo, distribuidoras y centrales de compras, estudios de publicidad, etc. Asimismo, se encuadran en este grupo las empresas dedicadas a las relaciones públicas, promoción de ventas publicitarias, regalos y reclamos publicitarios y, en general, cualquier servicio independiente de publicidad.

Cuota de la tarifa

ConceptoEuros
Empresas de hasta 10 trabajadores180,39 €
Empresas de 11 a 30 trabajadores367,01 €
Empresas de 31 a 50 trabajadores653,15 €
Empresas de 51 a 100 trabajadores1.331,18 €
Empresas de más de 100 trabajadores1.785,28 €

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

Otros de la agrupación 84

Ver los 23 de la agrupación 84

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el grupo 844?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el grupo.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).