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861Grupo IAE · sección 2

Pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores, Artistas Falleros y artistas similares

Actividades profesionales · agrupación 86: Profesiones liberales, artísticas, literarias y culturales

Si te das de alta en Hacienda para pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores, Artistas Falleros y artistas similares, el grupo del IAE que corresponde es el 861, de la sección 2 (actividades profesionales).

Cuota de la tarifa

La tarifa no fija para este grupo una cuota propia en su texto: se calcula con los elementos tributarios de la actividad.

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el grupo 861?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el grupo.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).