Salones recreativos y de juego
Actividades empresariales · agrupación 96: Servicios recreativos y culturales
El epígrafe 969.6 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a salones recreativos y de juego. Está dentro de la agrupación 96 Servicios recreativos y culturales.
Notas de la tarifa
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| En poblaciones de más de 500.000 habitantes | 192,83 € |
| En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes | 160,49 € |
| En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes | 128,14 € |
| En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes | 112,59 € |
| En las poblaciones restantes | 96,42 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 96
- 961.1Producción de películas cinematográficas (incluso vídeos)
- 961.2Doblaje, sincronización y montaje de películas o cintas cinematográficas (incluso vídeos) siempre que no se efectúe por la propia empresa productora
- 961.3Decoraciones escénicas para películas o cintas cinematográficas siempre que no se efectúe por la empresa productora
- 962.1Distribución y venta de películas cinematográficas, excepto películas en soporte de cinta magnetoscópica
- 962.2Distribución y venta al por mayor de películas cinematográficas en soporte de cinta magnetoscópica
- 963.1Exhibición de películas cinematográficas y vídeos
- 963.2Exhibición de películas cinematográficas y vídeos al aire libre
- 963.3Exhibición de películas cinematográficas y vídeos fuera de establecimiento permanente
- 963.4Exhibición de películas cinematográficas y vídeos en establecimientos distintos de los especificados en los epígrafes 963.1, 963.2 y 963.3 anteriores
- 964.1Servicios de radiodifusión
- 964.2Servicios de televisión
- 964.3Servicios de enlace y transmisión de señales de televisión
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 969.6?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
¿Cuál es la cuota mínima municipal del epígrafe 969.6?
En los municipios de hasta 10.000 habitantes, 96,42 € de cuota de tarifa, a la que después se aplican el coeficiente por cifra de negocios y el índice de situación del ayuntamiento.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
