Servicios forestales
Actividades empresariales · agrupación 91: Servicios agrícolas, ganaderos, forestales y pesqueros
Si te das de alta en Hacienda para servicios forestales, el grupo del IAE que corresponde es el 912, de la sección 1 (actividades empresariales).
Notas de la tarifa
- Este grupo comprende los servicios forestales prestados por personas o entidades distintas de los titulares de las explotaciones y que normalmente se realizan en la misma explotación forestal tales como lucha contra plagas, defensa contra incendios, etc.
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Cuota mínima municipal | 54,74 € |
| Cuota provincial | 164,85 € |
| Cuota nacional | 217,72 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
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Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el grupo 912?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el grupo.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
