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677.9Epígrafe IAE · sección 1

Otros servicios de alimentación propios de la restauración

Actividades empresariales · agrupación 67: Servicio de alimentación

El epígrafe 677.9 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a otros servicios de alimentación propios de la restauración. Está dentro de la agrupación 67 Servicio de alimentación.

Notas de la tarifa

  • Este epígrafe comprende los servicios de alimentación consistentes en la condimentación y venta de alimentos para ser consumidos fuera del lugar de elaboración en raciones o al por mayor, así como cuando los productos elaborados se destinen al servicio de «catering» o de colectividades.

Cuota de la tarifa

ConceptoEuros
En poblaciones de más de 500.000 habitantes304,80 €
En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes242,60 €
En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes180,39 €
En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes136,85 €
En las poblaciones restantes87,09 €
Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.—

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

Otros de la agrupación 67

Ver los 21 de la agrupación 67

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 677.9?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.

¿Cuál es la cuota mínima municipal del epígrafe 677.9?

En los municipios de hasta 10.000 habitantes, 87,09 € de cuota de tarifa, a la que después se aplican el coeficiente por cifra de negocios y el índice de situación del ayuntamiento.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).