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646.4Epígrafe IAE · sección 1

Comercio al por menor de labores de tabaco, realizado por establecimientos mercantiles, en régimen de autorizaciones de venta con recargo

Actividades empresariales · agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabacos, realizado en establecimientos permanentes

El epígrafe 646.4 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a comercio al por menor de labores de tabaco, realizado por establecimientos mercantiles, en régimen de autorizaciones de venta con recargo. Está dentro de la agrupación 64 Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabacos, realizado en establecimientos permanentes.

Cuota de la tarifa

ConceptoEuros
Cuota de27,12 €

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 646.4?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).