Comercio al por mayor de otros productos de recuperación
Actividades empresariales · agrupación 62: Recuperación de productos
Si te das de alta en Hacienda para comercio al por mayor de otros productos de recuperación, el grupo del IAE que corresponde es el 622, de la sección 1 (actividades empresariales).
Notas de la tarifa
- Este grupo comprende el comercio al por mayor de productos de recuperación no especificados en el grupo anterior, tales como papeles y periódicos usados, desechos de cartón, trapos usados, residuos de vidrio y desechos diversos.
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Cuota de | 186,61 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 62
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el grupo 622?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el grupo.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
