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507Grupo IAE · sección 1

Construcción, reparación y conservación de toda clase de obras

Actividades empresariales · agrupación 50: Construcción

Si te das de alta en Hacienda para construcción, reparación y conservación de toda clase de obras, el grupo del IAE que corresponde es el 507, de la sección 1 (actividades empresariales).

Notas de la tarifa

Cuota de la tarifa

ConceptoEuros
En poblaciones de más de 500.000 habitantes1.990,55 €
En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes1.635,98 €
En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes1.275,20 €
En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes597,17 €
En las poblaciones restantes528,74 €
Cuota provincial de11.072,45 €
Cuota nacional de55.362,23 €

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el grupo 507?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el grupo.

¿Cuál es la cuota mínima municipal del grupo 507?

En los municipios de hasta 10.000 habitantes, 528,74 € de cuota de tarifa, a la que después se aplican el coeficiente por cifra de negocios y el índice de situación del ayuntamiento.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).