Instrumentos de viento de teclado
Actividades empresariales · agrupación 49: Otras industrias manufactureras
El epígrafe 492.2 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a instrumentos de viento de teclado. Está dentro de la agrupación 49 Otras industrias manufactureras.
Cuota de la tarifa
La tarifa no fija para este epígrafe una cuota propia en su texto: se calcula con los elementos tributarios de la actividad.
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 49
- 491.1Joyería
- 491.2Bisutería
- 492.1Instrumentos de cuerda de teclado
- 492.3Instrumentos de cuerda
- 492.4Instrumentos de viento
- 492.5Instrumentos de percusión
- 492.6Instrumentos musicales electrónicos
- 492.7Otros instrumentos musicales
- 492.8Partes, piezas sueltas y accesorios de instrumentos musicales
- 493.1Películas y copias cinematográficas reveladas
- 493.2Placas, películas fotográficas negativas y diapositivas reveladas
- 493.3Copias fotográficas y ampliaciones
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 492.2?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
