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439.3Epígrafe IAE · sección 1

Fabricación de textiles con fibras de recuperación

Actividades empresariales · agrupación 43: Industria textil

El epígrafe 439.3 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a fabricación de textiles con fibras de recuperación. Está dentro de la agrupación 43 Industria textil.

Notas de la tarifa

  • Este epígrafe comprende la fabricación de textiles con fibras de recuperación (regenerados y desperdicios) y abarca la preparación de fibras, fabricación de hilados y de tejidos de dichas fibras de recuperación.

Cuota de la tarifa

ConceptoEuros
Por cada obrero1,50 €
Por cada Kw1,74 €

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 439.3?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).