Incubación y venta de polluelos recién nacidos, mediante la compra de huevos fértiles
Actividades empresariales · agrupación 41: Industrias de productos alimenticios y bebidas
Si te das de alta en Hacienda para incubación y venta de polluelos recién nacidos, mediante la compra de huevos fértiles, el epígrafe del IAE que corresponde es el 413.4, de la sección 1 (actividades empresariales).
Notas de la tarifa
- Cuando la incubación se realice exclusivamente por cuenta ajena mediante una retribución fija por unidad incubada, la cuota será el 50 por 100 de la señalada en este epígrafe.
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Por cada 1.000 plazas o fracción del conjunto de las incubadoras instaladas | 54,93 € |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 41
- 411.1Fabricación y envasado de aceite de oliva
- 411.2Fabricación de aceite de oliva
- 411.3Envasado de aceite de oliva
- 412.1Extracción y envasado de aceites de semillas oleaginosas y de orujo de aceituna
- 412.2Obtención y envasado de aceites y grasas de animales marinos
- 412.3Refinado, hidrogenación, envasado y otros tratamientos similares de cuerpos grasos vegetales y animales
- 412.4Obtención y envasado de margarina y grasas alimenticias similares
- 413.1Sacrificio y despiece de ganado en general
- 413.2Fabricación de productos cárnicos de todas clases
- 413.3Salas de despiece autónomas, industrias de aprovechamiento y transformación de subproductos cárnicos para usos industriales y alimentación animal
- 414.1Preparación de leche
- 414.2Preparación de leche en conserva
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 413.4?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
