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251.3Epígrafe IAE · sección 1

Fabricación de productos químicos inorgánicos (incluye la fabricación de gases industriales, excepto gases comprimidos)

Actividades empresariales · agrupación 25: Industria Química

El epígrafe 251.3 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a fabricación de productos químicos inorgánicos (incluye la fabricación de gases industriales, excepto gases comprimidos). Está dentro de la agrupación 25 Industria Química.

Notas de la tarifa

  • Este epígrafe comprende la obtención de ácido sulfúrico y productos derivados (anhídrido sulfuroso y sus derivados, sulfato de cobre, sulfato de aluminio, sulfuro de carbono, sulfato de sodio y sulfuro de sodio, azufres sublimados, refinados y precipitados, etc.); fabricación de gases industriales, en estado líquido o gaseoso (excepto gases comprimidos; se consideran gases comprimidos los gases industriales que, tras ser fabricados en estado líquido o gaseoso, son envasados a una presión superior a 150 bares); electroquímica; obtención de carburo de calcio; obtención de fósforo, calcio, arsénico, cianuro, bromo, yodo; ácidos inorgánicos; bases, hidróxidos y peróxidos; haluros no metálicos; sales y otros productos químicos inorgánicos de base y la obtención de isótopos radioactivos.

Cuota de la tarifa

ConceptoEuros
Por cada obrero1,37 €
Por cada Kw0,94 €

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

Otros de la agrupación 25

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 251.3?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).