Productos a base de amianto
Actividades empresariales · agrupación 24: Industrias de productos minerales no metálicos
El epígrafe 249.2 de las tarifas del IAE (actividades empresariales) corresponde a productos a base de amianto. Está dentro de la agrupación 24 Industrias de productos minerales no metálicos.
Cuota de la tarifa
La tarifa no fija para este epígrafe una cuota propia en su texto: se calcula con los elementos tributarios de la actividad.
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 24
- 241.1Ladrillos, bloques y piezas especiales para forjados
- 241.2Tejas, baldosas y otros materiales de tierras cocidas para la construcción
- 242.1Fabricación de cementos artificiales
- 242.2Fabricación de cementos naturales
- 242.3Fabricación de cales y yesos
- 243.1Fabricación de hormigones preparados
- 243.2Fabricación de productos en fibrocemento
- 243.3Fabricación de otros artículos derivados del cemento, excepto pavimentos
- 243.4Fabricación de pavimentos derivados del cemento
- 243.5Fabricación de artículos derivados del yeso y escayola
- 244.1Piedra natural triturada y clasificada
- 244.2Piedra natural simplemente tallada y aserrada
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 249.2?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
