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225.9Epígrafe IAE · sección 1

Producción y primera transformación de otros metales no férreos n.c.o.p

Actividades empresariales · agrupación 22: Producción y primera transformación de metales

Si te das de alta en Hacienda para producción y primera transformación de otros metales no férreos n.c.o.p, el epígrafe del IAE que corresponde es el 225.9, de la sección 1 (actividades empresariales).

Notas de la tarifa

  • Este epígrafe comprende la producción y primera transformación de metales no férreos, tales como zinc, plomo, estaño, antimonio, bismuto, wolframio, mercurio, oro, plata, etc. Abarca la obtención por primera y segunda fusión, así como la primera transformación mediante laminación, estirado, trefilado, extrusión, etc., y las aleaciones de estos metales.

Cuota de la tarifa

ConceptoEuros
Por cada obrero0,81 €
Por cada Kw1,24 €
Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros.—

Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el epígrafe 225.9?

Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el epígrafe.

Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).