Fabricación de coque
Actividades empresariales · agrupación 11: Extracción, preparación y aglomeración de combustibles sólidos y coquerías
Si te das de alta en Hacienda para fabricación de coque, el grupo del IAE que corresponde es el 114, de la sección 1 (actividades empresariales).
Cuota de la tarifa
| Concepto | Euros |
|---|---|
| Por cada obrero | 5,45 € |
| Por cada Kw | 6,75 € |
| Téngase en cuenta que a partir de 1 de enero de 2002, las cantidades en pesetas se han de convertir a euros. | — |
Cuotas de la tarifa (en pesetas en el BOE, pasadas a euros a 166,386). A la cuota se le aplican el coeficiente de ponderación por cifra de negocios y, en las cuotas municipales, el índice de situación del ayuntamiento. La mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagar el IAE (personas físicas y empresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), pero tienen que darse de alta en el epígrafe.
Otros de la agrupación 11
- 111.1Extracción y preparación de hulla, excepto hulla subbituminosa
- 111.2Extracción y preparación de hulla subbituminosa (lignito negro)
- 111.3Preparación de hulla en factoría independiente o fuera del perímetro de la concesión o explotación minera
- 111.4Aglomeración de hulla
- 112.1Extracción y preparación de antracita
- 112.2Preparación de antracita en factoría independiente o fuera del perímetro de la concesión o explotación minera
- 113.1Extracción y preparación de lignito pardo
- 113.2Preparación de lignito pardo en factoría independiente o fuera del perímetro de la concesión o explotación minera
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar el IAE si me doy de alta en el grupo 114?
Normalmente no: están exentas las personas físicas y las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros, y también quien inicia la actividad durante sus dos primeros periodos impositivos. Pero sí tienes que darte de alta en el grupo.
Fuente: tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, Real Decreto Legislativo 1175/1990 (texto consolidado del BOE).
